Todo lo que usted siempre quiso saber sobre la modificación del POT de Bucaramanga*


* Y no se atrevió a preguntarlo.**

 **(Y si preguntó lo regañaron)

Han llegado al correo este blog (aycblog arroba gawab punto com) cantidades de correos preguntando sobre la modificación del POT de Bucaramanga y cómo evidentemente hay mucha confusión en el tema y este sobrepasa nuestra capacidad de responder, nos tocó consultar con el grupo de Grupo de Estudio de Tímidos Urbanistas Patafísicos de la Meseta de Bucaramanga y de sus Escarpas y Rumbones y trasladarles las inquietudes. A continuación el formulario.

¿Qué es el POT y cómo me afecta?

El POT o Plan de Ordenamiento Territorial es un instrumento de planificación del territorio municipal definido por la Ley 152 de 1994 y reglamentado por las Ley 388 de 1997. Se determina como la combinación objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas acordadas a orientar y administrar el desarrollo físico del municipio y la utilización suelo. Las determinaciones adoptadas en el POT afectan las diferentes actividades humanas en el territorio en cuanto a que una persona que resida o trabaje en un municipio dado debe cumplir con las normas que los habitantes de ese territorio hayan escogido. Lo que lleva a la siguiente pregunta.

¿Cualquier persona tiene derecho a participar en las decisiones del POT?

Estrictamente hablando en teoría jurídica, la respuesta es afirmativa. En la triste realidad colombiana la respuesta es un rotundo no. Y aunque la ley 388 establece que las administraciones de los municipios deben fomentar la concertación entre los diferentes sectores, por medio de la participación de los diferentes actores del desarrollo municipal, los tecnócratas que elaboran los estudios técnicos no consideran que estos puedan aportar algo significativo, menos aún si son de las clases populares, por esto paulatinamente han venido cambiando el término “participación” por el de “socialización”. Lo que en otras palabras viene a significar algo así como les contamos lo que hemos decido es lo mejor para ustedes. Y la bendita socialización suele ser una larga y colorida presentación en Power Point, más larga que letanía de Hare Khrisna,  acomodada a cada grupo social, que suele durar hasta que el último de los asistente empieza a roncar y en las cuales lo único en común es la manida frase de cajón: “Para efectos de metodológicos y de celeridad, las preguntas las dejamos para el final”. Momento  en que el ya escaso y sonámbulo auditorio por puro cansancio no es capaz de hace una pregunta coherente y si la hace le dicen “Eso ya no tiene reversa”

¿Qué tipo de modificación se ha planteado para Bucaramanga?

La Ley determina varios tipos de modificaciones de un POT: general, parcial y excepcional. En el proyecto de acuerdo el encabezado habla de revisión excepcional. De acuerdo a la Ley la revisión General (O la que debe modificar estructuralmente el POT), se debe iniciar a principios del periodo constitucional del próximo alcalde. Ahora bien, las modificaciones planteadas en la propuesta actual modifican profundamente las normas estructurales y para ello se basan en un concepto emitido por uno de sus propios consultores (bobo si no). Pero eso recuerda ese dicho antiguo “La mujer del César no sólo debe serlo sino parecerlo”.

¿Cada cuanto se modifica el POT?

En cada periodo constitucional de alcalde, según el tipo de normas que se modifiquen  y si es revisión excepcional, cuando se les dé la gana.

¿Qué se piensa modificar?

Múltiples cosas como la clasificación del suelo urbano, rural y de protección; Las que defines y establecen áreas de actuación y tratamientos y las definiciones de áreas de protección y conservación de los recursos naturales y paisajísticos, las que delimitan zonas de riesgo y en general, todas las que conciernen al medio ambiente  (todas ellas normas estructurales de largo plazo). De igual manera se cambian las especificaciones de aislamientos, volumetrías y alturas para los procesos de edificación; la determinación de las zonas de renovación, conjuntamente con la definición de prioridades, procedimientos y programas de intervención; la adopción de programas, proyectos y macroproyectos urbanos no considerados en el componente general del plan; las características de la red vial secundaria, la localización y la correspondiente afectación de terrenos para equipamientos colectivos de interés público o social a escala zonal o local, y la delimitación de espacios libres y zonas verdes de dicha escala; las especificaciones de las cesiones urbanísticas gratuitas, así como los parámetros y directrices para que sus propietarios compensen en dinero o en terrenos, si fuere del caso; el señalamiento de las excepciones a estas normas para operaciones como macroproyectos o actuaciones urbanísticas en áreas con tratamientos de conservación, renovación o mejoramiento integral; y las que clasifican y delimitan los suelos. (Todas las anteriores normas generales o de mediano plazo). La localización de terrenos cuyo uso es el de vivienda de interés social y la reubicación de asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo. (Normas complementarias de mediano plazo).

En resumen, esta revisión excepcional, realmente es una revisión general extemporánea. Pero a lo que le apunta realmente es a controlar los precios del suelo urbano (algunos) y a bajar las densidades. Aunque evidentemente la lectura cuidadosa del documento no revela cual es realmente la densidad propuesta o ideal según los consultores. No hay claridad de cuantas viviendas o personas por hectárea proponen para la ciudad y menos del proceso por el cual llegaron a esa conclusión.

Lo que lleva a la siguiente pregunta

¿Cuántas almas le caben a Bucaramanga?

En este punto no se ha llegado a un acuerdo entre nuestro grupo. Unos dicen que un 80% menos que habitantes, pues aquí hay muchos desalmados. Y un par de integrantes místicos del grupo que creen en la transmigración de las almas dicen que estas son como la energía ni se crea ni se destruye. En resumen, y de acuerdo a lo anterior no hay un conceso al respecto.

¿Con el problema del relleno sanitario de Chocoa, cómo se afecta el proyecto del POT?

Pues es incierto como afecte al POT en un aspecto estratégico como es la disposición final de basuras, la determinación de la Procuraduría respecto a la Resolución No. 0000017 de 12 de enero de 2011 la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB).

¿Quiénes modifican el POT?

En sentido estricto es el Concejo Municipal el que adopta el Plan de Ordenamiento, aunque este debe ser a iniciativa del alcalde municipal. Pero en realidad lo modifica un equipo técnico contratado por la administración municipal en cabeza de la dependencia de planeación. Estos son quienes toman las determinaciones que se teme ni los concejales ni el alcalde entienden en su real totalidad.

¿Se ha escuchado la opinión de los ciudadanos respecto a la propuesta del POT?

Como se ha explicado, la llamada “socialización” ha consistido en unas presentaciones magistrales, difíciles de digerir de primerazo, adobadas con un tinte ambiental, sin derecho a opinar, y menos a plantear cambios.

¿Cómo definiría entonces esa propuesta del cambio del POT?

Medio en serio y medio en broma como una propuesta autista y económicamente insostenible.

¿Para qué se cambia? ¿Y qué pasa si no se cambia?

A lo segundo: Pues sigue vigente el actual hasta tanto se modifique. A la primera: Para ajustar las normas a la dinámica de la ciudad, para corregir errores o para adaptarlo a la nueva normatividad del orden nacional.

¿Alguien gana con los cambios?

Por supuesto, unos, por los cambios de uso de vivienda a un uso más rentables. Eso se aprecia y no se ha cuantificado exactamente, en sectores como el antiguo Campestre, el sector oriental de Sotomayor en donde se pasa de residencial a comercial, pese a todo lo que han hablado en contra de la terciarización de la ciudad. Otros por paso de suburbano o rural a urbano o por el cambio de urbano de protección a desarrollo. Igualmente los dos o tres grandes constructores al desaparecer la competencia y bajar al mínimo el precio del suelo urbano.

Pero, ¿en realidad los precios del suelo se estabilizarán por lo bajo?

Es probable, pero todo va a depender de cada predio individual y de sus potencialidades en conjunción con la de sus predios vecinos. Eso se puede prestar a muchas especulaciones, pues así mi predio está valorado a un precio ínfimo, si la constructora dueña del predio vecino lo necesita para viabilizar un proyecto específico, puedo pedir lo que quiera. Aunque algunos teóricos afirman que todo es un complot dirigido por los fuertes grupos de presión y acolitado por planeación (al fin y al cabo el alcalde dice que el Ingeniero a cargo es representante de los gremios), para hacer bajar los precios del suelo urbano, para que los pulpos de la construcción compren a precios irrisorios y luego de un lento proceso de engorde, cambien las normas, aumentando de edificabilidad y así al desarrollarlos y venderlos aumente el margen de ganancias. ¿Qué localmente la situación económica de los compradores no dé para comprar esas viviendas? No importa, acá siempre llegan capitales raros a invertir en vivienda.

Y que gracias, que  no contestan más, pues están mamados de tanta preguntadera…

Le puede interesar: El Legado de Fernando Vargas.

Otro golpe la bolsillo de los Bumangueses

POT sin ingenieros

4 respuestas a “Todo lo que usted siempre quiso saber sobre la modificación del POT de Bucaramanga*

  1. Anónimo 25 marzo, 2014 / 3:00 PM

    Me gustaria ponerme en contacto, estoy interesada de manera seria en el tema. souslapluie1@gmail.com

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    • eloidor 25 marzo, 2014 / 11:47 PM

      Gracias por el comentario, saludos.

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